Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado una nueva cancelación de deuda en Cerdanyola del Vallès (Barcelona) Mediante la gestión de Repara tu Deuda Abogados, el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Cerdanyola del Vallés ha dictado beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), que había acumulado una deuda de 51.643 euros a la que no podía hacer frente. VER SENTENCIA.
Como explican los abogados de Repara tu Deuda: “La persona endeudada trabaja horas extra para poder vivir dignamente a la vez que pagaba sus deudas. Sin embargo, en el momento en el que no le permitieron realizar esas horas extra el dinero no era suficiente por lo que dejó de pagar las deudas. Finalmente, viendo que la situación era insostenible no tuvo más remedio que acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para poder empezar una nueva vida libre de deudas”. VER VÍDEO.
Según afirman desde Repara tu Deuda Abogados, “España fue uno de los países más tardíos en incorporar a su sistema judicial la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo pensado para que las personas físicas, incluyendo a los autónomos, pudieran cancelar sus deudas. De esta manera se cumplía con la Recomendación de la Comisión Europea del año 2014. En la actualidad, contamos con uno de los sistemas o mecanismos de segunda oportunidad más liberales de Europa”.
A pesar de haber sido aprobado hace siete años, muchas personas desconocen la existencia de esta herramienta. Otras no comienzan el proceso porque no pueden hacer frente a los altos honorarios que les piden algunos abogados, por desconocimiento, por la falta de especialización, o simplemente porque piensan que el proceso es excesivamente complicado.
Repara tu Deuda Abogados ha ayudado desde sus principios a muchos particulares y autónomos que no sabían dónde pedir ayuda. Hasta la fecha han conseguido la cancelación de más de 103 millones de euros de deuda.
Esta legislación ayuda a particulares y autónomos al permitirles quedar exonerados de todas sus deudas siempre que se cumplan los requisitos de haber actuado de buena fe, haber procurado un acuerdo extrajudicial previo y que el importe debido no sea superior a los 5 millones de euros.