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Antonio cancela más de 50.000 eur con la Repara tu deuda y la Ley de la segunda oportunidad

El juez perdona 53.135 a un vecino de Barcelona mediante la Ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado de Primera Instancia 6 de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) ante el caso de Antonio Rodríguez, quien ha quedado de este modo libre de una deuda que ascendía a 53.135,34€, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

Antonio acudió a Repara tu Deuda, primera compañía que aplica la Ley de Segunda Oportunidad en España, en situación de desempleo y perseguido por seis entidades bancarias a las que debía dinero. Tras estudiar el caso, los abogados de Repara tu Deuda iniciaron los trámites para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora Antonio está libre de toda deuda.

No me lo podía creer -explica Antonio- cuando me dijeron que ya no debía nada a nadie. No es fácil explicar como se llega a esta situación. De pronto, me quedé en paro, con una prestación de 900€/mes y, aunque soy soltero y no tengo personas a mi cargo, apenas podía hacer frente al pago del alquiler”.

Desde que puso en marcha su actividad en 2015, Repara tu Deuda ha ayudado a tramitar el proceso a más de 6.000 personas. De los 7.540 casos en España, Repara tu deuda ha gestionado más del 89%, consiguiendo un 100% de éxito en casos finalizados. Los abogados de Repara tu deuda, especialistas en la Ley de la Segunda oportunidad señalan como claves del éxito “contar con los mejores abogados en el ámbito jurídico, utilizar la tecnología digital y no olvidar el factor humano”. En países europeos como Italia, Alemania o Francia, en los que existen mecanismos de segunda oportunidad desde hace más de 7 años, se están realizando aproximadamente entre 100.000 y 180.000 casos al año.

Aunque esta legislación entró en vigor en España en 2015, todavía existe mucho desconocimiento acerca de ella. La Ley de la Segunda Oportunidad permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y solicitar ante el tribunal la exoneración de la deuda.

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