¿Qué es el artículo 5 bis LC?
enero 10, 2019 4:55 pm Deja tus comentariosSegún el artículo 5 bis de la LC, se pondrá en conocimiento del juzgado competente por el domicilio del demandado…
Según el artículo 5 bis de la LC, se pondrá en conocimiento del juzgado competente por el domicilio del demandado…