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Entrevista realizada por TPA a nuestra Directora, Susana Tena

Autor: Equipo Reparatudeuda

Como nos comenta Tena en el encuentro, “La ley de la segunda oportunidad se dirige a autónomos y familias, y ofrece una nueva vida para aquellas personas que han perdido poder adquisitivo o familias sobreendeudadas, ya sea a raíz de la crisis u otras causas. Así, vuelven a ser económicamente capaces: poder obtener un crédito, reducir la carga financiera, entre otros.”

Asimismo, Susana Tena nos expone que de entre los requisitos es indispensable la buena fe. Es decir, por ejemplo, la persona no ha hecho ocultación de bienes, y sobre todo, estar dispuestos a negociar un plan de pagos con los acreedores, es decir, con las entidades/personas a quien les deben dinero.

Es importante destacar que para el caso de las empresas, “estas deben haber realizado un concurso de empresa previo“, comenta Susana Tena. Tras esta situación, si se deriva una deuda personal, allí podemos contemplar el derecho de cancelación a través de la Ley de la Segunda Oportunidad.

Tena nos explica en la entrevista el procedimiento en Repara tu Deuda. Es decir, siempre se inicia con un estudio para comprobar que realmente se cumplen los requisitos.

En ese momento, vamos al notario para que certifique esta situación de insolvencia/sobreendeudamiento. Entonces, el notario solicita un mediador concursal, el cual va a preparar un plan de pagos, dependiendo si la persona tiene bienes.

En el momento en que los acreedores deben aceptar este plan de pagos, si no se acepta, es cuando “iríamos a pedir la cancelación o perdón de la deuda” concluye textualmente Susana Tena. 

“Se trata de que la gente viva con dignidad” defiende la Directora.

Una vez se exonera la deuda, hemos de fijarnos si el juez lo considera permanente o provisional. Si es permanente, la deuda se le perdona totalmente una vez reciba el BEPI (dicho de otro modo, la cancelación de la deuda) lo más común actualmente. En caso de ser provisional, “atiende a mejor fortuna. Es decir, ganar una lotería o recibir una herencia en un plazo de 5 años” nos explica Tena.

Contextualizando la entrevista, concretamos que el caso más significativo que hemos tenido en Gijón es el de una mujer divorciada, con familia numerosa, 18 acreedores y una nómina de 1,200 euros, y 100 euros por familia numerosa.

Con una deuda que superaba los 72.000 euros no podía a pagar ni siquiera colegios.

Desde el departamento jurídico de Repara tu Deuda se consiguió la cancelación total de la deuda.

Para concluir, tras la experiencia, como nos comenta la Directora Tena “hemos comprobado que la clave en esta Ley, es decir, la diferencia de poder tener una cancelación de deuda o no es que desde el departamento jurídico se tome el acompañamiento de la persona, desde que comienza el proceso hasta que termina. Además, debemos intentar entre todos los profesionales que nos dedicamos, trabajar por y para el cliente, y que haya un ánimo de ayuda para todos, ya que la Ley es relativamente nueva y en muchas notarías es desconocida.”

Os animamos a escuchar la entrevista completa de Susana Tena para conocer todos los detalles.

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