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Borrón y cuentas nuevas

Autor: Equipo Reparatudeuda

Con la Ley de la Segunda Oportunidad, puedes empezar de cero sin arrastrar deudas para toda la vida. 

Hace unos ocho años, la vida de Ana María Moreno empezó a convertirse en un infierno. Debido a la crisis, la empresa en la que estaba trabajando empezó a ajustar las cuentas, pero a Ana María dejaron de salirle las suyas a final de mes. “De un plumazo, me quitaron 400 euros que cobraba en horas extras”, asegura. Divorciada y con una hija bajo su cargo, aquel vacío descuadró su economía. Empezó a tener problemas para afrontar los pagos de un crédito bancario que iba a saldar en apenas un año. Negoció con el banco para conseguir más tiempo, pero lo rechazaron. “No podía dejar de pagarlo y empecé a aceptar ofertas de otras entidades y a endeudarme con las tarjetas de crédito. Al final, pedía un préstamo para pagar el anterior. El día 2 de cada mes, los gastos se habían comido toda la nómina”, recuerda.

En muy poco tiempo, la deuda total ascendía a 20.000€ y seguía creciendo, convirtiéndose en algo inasumible. Toda esta situación la sumió en la desesperación, viviendo con temor a que la echaran del piso de alquiler y agobiada por las constantes llamadas y cartas de las entidades financieras. “Estuve a punto de quitarme la vida dos veces; si no lo hice, fue por mi hija”, relata. 

Sin saber qué hacer, recurrió a Internet como última opción. “Un asesor me habló de la Ley de la Segunda Oportunidad y me puse en manos de Repara tu deuda. En menos de un año, me liberaron de todo lo que debía, después de mucho papeleo y de permitirme pagarles poco a poco. El juez valoró que con mis ingresos y con el déficit que tenía todos los meses no iba a poder saldarla en la vida”, explica.

Como ella, existen muchos casos de personas que se hipotecaron durante la crisis, particulares que no podían saldar sus préstamos personales y emprendedores fracasados que habían avalado su proyecto mediante bienes personales, que han recurrido a la ley 25/2015, de 28 de julio. Hasta esa reforma, solo las empresas podían declararse en quiebra y pedir la cancelación de sus pasivos en situación de insolvencia. Sin embargo, los particulares y autónomos se veían perseguidos de por vida para saldar sus deudas, a pesar de que ya no tuvieran nada.

Una situación que, hoy en día, cuenta con la Ley de la Segunda Oportunidad para conseguir el “perdón” de todas las deudas, hasta los 5 millones de euros, siempre que se haya actuado de buena fe y se haya intentado llegar a un acuerdo extrajudicial para aplazar el crédito y conseguir un nuevo calendario de pagos, inferior a 10 años o mediante la liquidación con bienes propios. 

Plantón de los acreedores

“Los acreedores no suelen presentarse a los acuerdos extrajudiciales” Andrea Olcina (Abogada AEF) 

En más del 95% de los casos, los acuerdos extrajudiciales fracasan. “Los acreedores no suelen presentarse pensando que en el concurso que se abre posteriormente cobrarán toda su deuda. Pero se equivocan, porque una vez liquidados los bienes no siempre alcanza para pagar a todos.” afirma Andrea Olcina, abogada de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento (AEF). En orden de prioridad de cobro, los primeros son los bancos que concedieron la hipoteca al deudor, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Después, los acreedores del procedimiento (mediador, administrador concursal, abogado, procurador…) y, por último, las entidades que habían concedido los préstamos y créditos personales.

“Esta ley tiene de segunda oportunidad solo el título” Celia Ferrero (ATA)

Algunas personas lo pierden prácticamente todo por el camino, dado que el patrimonio que tienen se liquida en el proceso concursal para pagar las deudas. Esto suele incluir la vivienda, por lo que si hay dación en pago y aún queda por pagar la hipoteca, esta se condonaría. Sin embargo, no siempre hay que sacrificar la casa. “Si el importe de la hipoteca es mayor que su valor, si es vivienda habitual y se está al corriente del pago, el deudor puede solicitar su exclusión en la fase extrajudicial y así no ser liquidada posteriormente”, explica Morón, en referencia a la sentencia judicial favorable de abril de 2017, en la que el juzgado de primera instancia número 41 de Madrid perdonó a un matrimonio todas las deudas que había generado con seis entidades crediticias diferentes, por valor de 92.458€, permitiendo seguir con su casa pagando el préstamo hipotecario.

Aún así, el número de españoles que han terminado recurriendo a esta norma es irrisorio en comparación con otros países de Europa. Durante el 2017, se registraron 1.036 procesos concursales de particulares y 240 de autónomos, según el INE. Corresponde a un 35% más que el año anterior, pero sigue estando muy lejos de los más de 55.000 de Francia o los 100.000 de Alemania y Reino Unido. Algunos dicen que es causa de la falta de cultura concursal de los ciudadanos, mientras que otros lo achacan al desconocimiento de la Ley.

“Estuve a punto de quitarme la vida dos veces por las deudas” Ana María Moreno (deudora) 

Según Enrique Sanjuán, el juez experto en Derecho Mercantil que trasladó la cuestión de la retroactividad de las cláusulas suelo al Tribunal de Justicia de la UE y consiguió cambiar la doctrina aplicada hasta entonces en España, si se aplica poco esta norma no es tanto por el desconocimiento, sino porque se trata de una herramienta “imperfecta”. Lamenta que los procedimientos se retrasen hasta dos y tres años en juzgados no especializados, ya que se cursan en Primera Instancia, y sin recursos suficientes. Pero, sobre todo, que los acuerdos extrajudiciales no prosperen debido a un mal diseño de la norma. “La ley solo prevé tres meses para negociar y uno más para solicitar el concurso de acreedores si fracasa. Los jueces no podemos prorrogarlo, de modo que si hubiera una predisposición de las partes a llegar a un acuerdo y no diera tiempo, se iría al traste. Si, además, se presentase un plan de viabilidad bueno, no podríamos obligar al acreedor a aceptarlo; depende de su voluntad”, advierte.

“Entre nada y algo es algo, pero es una herramienta imperfecta” Enrique Sanjuán (juez) 

La Ley no lo perdona todo. Hay deudas que son “sagradas”, como la manutención alimenticia de los hijos y las deudas que se han contraído con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Es por ese motivo que la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) considera que la Ley de la Segunda Oportunidad “tiene de eso solo el título, porque esas deudas con la Administración pública son las que más hunden al autónomo.” 

“Ni siquiera se paralizan los recargos mientras dura el procedimiento concursal que, además, le cuesta dinero (mediador, abogado, procurador), porque en este caso no hay justicia gratuita”, denuncia Celia Ferrero, la vicepresidenta.

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