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Alertan de mala praxis de las entidades bancarias tras la exoneración de deudas

Autor: Equipo Reparatudeuda

Repara tu Deuda, compañía pionera en la tramitación de expedientes de la Ley de la Segunda Oportunidad y empresa que más sentencias favorables ha obtenido desde que se aplica la Ley, alerta de la actitud de las entidades bancarias, en concreto La Caixa, una vez que el cliente ha conseguido mediante resolución judicial firme “la exoneración del pasivo insatisfecho”; eso es la cancelación de sus deudas.

Una vez el cliente obtiene esa resolución, las deudas de carácter ordinario que tenía (incluidas las bancarias) quedan canceladas y por ello no son reclamables.

Pues bien, las entidades bancarias escudándose en el argumento de que la concesión de dicha exoneración puede ser provisional y estar sometida a un periodo de vigilancia de 5 años (que solo quiere decir que durante 5 años cualquier acreedor-mediante un procedimiento judicial- podrá impugnar la cancelación de la deuda si existe algún motivo tasado para ello) bloquean las cuentas o retienen el importe de su deuda (que ya ha sido cancelada).

La provisionalidad únicamente significa que hay un periodo de vigilancia durante 5 años- por si el concursado obtiene mayor fortuna o aparece algún motivo que haga que dicha cancelación pueda considerarse fraudulenta – pero no impide que la deuda, mientras no se demuestre lo contrario, esté cancelada y no sea reclamable.

Por lo tanto, la actitud de la entidad bancaria de bloquear las cuentas o cobrarse sus créditos una vez dictado el BEPI (Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho) es del todo irregular y crea una total indefensión en el concursado.

Repara tu deuda ha informado de esta actitud al Banco de España con el fin de que se verifique y se den instrucciones al respecto. En los casos más graves se está optando por pedir auxilio al Juzgado que dictó el BEPI con el fin de que requiera a la entidad bancaria para que cese en su actitud, del todo reprobable y contraria a la ley.

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