El despacho de abogados está especializado en la aplicación de esta legislación desde septiembre de 2015
El Juzgado de Primera Instancia nº50 de Barcelona (Cataluña) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) ante el caso de GM, vecino de Palafolls (Barcelona), que ha quedado así liberado de una deuda que ascendía a 40.591 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. VER SENTENCIA.
El exonerado acudió a Repara tu Deuda, despacho pionero en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad ahogado por la situación de sobreendeudamiento en la que se encontraba. Los abogados de Repara tu Deuda estudiaron su caso y vieron que podía acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En su caso, el motivo de su deuda es que se encontró en situación de desempleo y se quedó con un préstamo al que no podía hacer frente. Ahora se encuentra liberado del 100% de sus deudas.
A diario se están produciendo cancelaciones de deuda en alguna localidad de España. Esto está provocando que muchas personas se interesen por esta legislación para empezar de nuevo desde cero. Y es que ya son más de 18.000 los particulares y autónomos que han decidido empezar con Repara tu Deuda para salir de la situación de bloqueo económico en la que se encuentran.
Según aseguran los abogados de Repara tu Deuda, “están viendo que estamos ante una realidad que cambia la vida de muchos y les permite no tener ataduras económicas”.
Los abogados de Repara tu Deuda, especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad, señalan que en su manera de trabajar es muy importante “el alto grado de especialización, contar con una tecnología óptima y ofrecer un trato personalizado a los clientes que, sabemos, están pasando una situación muy dolorosa”.
En estos momentos, el despacho ha conseguido alcanzar la cifra de 70 millones de euros exonerados a sus clientes, lo que le convierte en líder en este mercado de cancelación de deuda de particulares y autónomos.
La Ley de Segunda Oportunidad permite que estas personas puedan quedar liberados de sus deudas siempre que cumplan con una serie de requisitos previos. Entre ellos, es necesario que el importe no supere los 5 millones de euros, que hayan procurado un acuerdo previo para el pago a plazos de esta cantidad, o haber actuado de buena fe.