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Repara tu Deuda Abogados cancela 26.581 € en Lleida (Catalunya) con la Ley de Segunda Oportunidad

Autor: Equipo Reparatudeuda

La exonerada tuvo que hacer frente a varias mudanzas y a la ayuda que prestó a su madre que estaba de baja por incapacidad

Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado una cancelación de deuda en Lleida (Catalunya). Mediante la gestión de Repara tu Deuda Abogados, una mujer de Lleida (Catalunya) ha logrado la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) que era de 26.581 euros.

Como explican los abogados de Repara tu Deuda, su historia es la siguiente: “su estado de endeudamiento se originó al solicitar varios créditos destinados principalmente a hacer frente a la reserva y el pago de la vivienda de alquiler y para las necesidades básicas diarias. Realizó tres mudanzas, incurriendo en costes significativos de fianzas y pagos adelantados en cada traslado. Por ello, solicitó varios microcréditos. También tuvo que asumir gastos derivados de reparaciones del vehículo utilizado para desplazarse hasta su lugar de trabajo, así como la asistencia financiera a familiares. Ayudó a su madre que estaba en una situación de incapacidad temporal a causa de una lesión en la espalda”.

 Según recuerdan desde Repara tu Deuda Abogados, “el Parlamento de España aprobó la entrada en vigor de la Ley de Segunda Oportunidad en el año 2015. Estamos ante una legislación nacida en Estados Unidos hace más de 100 años a la que se han acogido personas de perfiles muy diferentes. El punto que tienen en común es que no pueden asumir las deudas contraídas a causa de la situación económica en la que se encuentran”.  

Repara tu Deuda Abogados inició su labor de ayuda a personas en esta situación en septiembre del mismo año 2015. Desde entonces hasta la actualidad, ha logrado superar la cifra de 340 millones de euros exonerados a personas procedentes de las diferentes comunidades autónomas de España.

Para ser beneficiario de esta legislación, es necesario que el concursado cumpla una serie de requisitos previos. En líneas generales, es suficiente con que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que se encuentre en un estado actual o próximo de insolvencia y que actúe de buena fe durante todo el tiempo que dura el procedimiento, con total transparencia.

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