BEPI definitivo sólo en Barcelona
Tras el BEPI provisional en el que se exoneran los créditos ordinarios, habiendo pagado o no existiendo créditos contra la masa y privilegiados (hipoteca) y después de un periodo de buen comportamiento de 5 años, en el que se deberá pagar los créditos públicos y de alimentos, destinando el 50% del sobrante restando el inembargable, podremos proceder a pedir la exoneración total, en la que se incluyen los créditos públicos y de alimentos que no se han podido pagar.
Los avalistas
En Barcelona y de forma pionera, el Juzgado Mercantil 3 y el Juzgado de Primera Instancia 50 han dictado resoluciones en las que, al haber concedido el BEPI al deudor, se exonera al fiador. El argumento es que se trata de un error de la ley su no inclusión, y que va a ser corregido, así Repara tu deuda confía plenamente en la evolución de la ley de la segunda oportunidad.
Nos referimos al caso en el que cuando se exonera al deudor, el fiador queda liberado y, a día de hoy, es una petición que se está concediendo en Barcelona.
Los alimentos
Es aquella parte del salario que no es embargable y no puede formar parte de la masa activa. ( art. 76 LC)
Es inembargable el 100% salario mínimo profesional + 50% del salario mínimo profesional + 30% del salario mínimo profesional por cada miembro de la unidad familiar que dependa del deudor y no trabaje.
Ejemplo: El deudor gana 1.400€/mes por 14 pagas, tiene una esposa y un hijo que no trabajan. Sus ingresos inembargables son: 648,60€+324,30€+194,58€ + 194,58€ = 1.362,06€/mes. (100% salario mínimo+50% salario mínimo+30% salario mínimo por la mujer+30% salario mínimo por el hijo=salario no embargable).
La vivienda familiar
Existe un acuerdo entre los jueces mercantiles de Barcelona y el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona, por el que: si el valor de la vivienda familiar es inferior al valor de hipoteca (deberemos demostrarlo con un peritaje – podemos utilizar una de las paginas web gratuitas de inicio -) y el crédito se está pagando (lo puede pagar un tercero), podrá no ejecutarse y excluir la vivienda de la liquidación de los bienes. No la incluimos ni en el activo ni en el pasivo.
Aunque la ley dice que se deben liquidar todos los bienes en la Ley de la Segunda Oportunidad, Repara tu deuda lucha para conseguir los máximos beneficios.
*En el resto de España podemos hacer la solicitud en base al criterio de los jueces de Barcelona.